martes, 3 de noviembre de 2015

Aprueban Ley de Ingresos y Miscelánea Fiscal 2016.


La Cámara de Diputados aprobó este jueves la Ley de Ingresos de la Federación y la Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2016.

Ley de Ingresos 2016

1. Se aprobó estimación de ingresos para 2016 por 4 billones 763,874 millones de pesos (mdp).

2. De ese total, tres billones 102,440.3 mdp corresponden a ingresos del Gobierno federal, un billón 52,193.1 mdp a ingresos de organismos y empresas, y 609,240.6 mdp a los ingresos derivados de financiamientos.

3. Se proyecta una recaudación fiscal por 2 billones 428,227.8 mdp para el ejercicio 2016.

4. El tipo de cambio quedó en 16.40 pesos por dólar estadounidense.

5. El precio ponderado acumulado del barril de petróleo crudo de exportación se estima en 50 dólares de Estados Unidos, así como en la previsión del nivel de la plataforma de producción de petróleo crudo de 2,247 millones de barriles diarios, con una estimación de 50 dólares por barril de petróleo crudo de exportación.

6. El estimado del crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) para el próximo año se proyecta en un rango de 2.6 a 3.6%, así como un déficit estimado del 0.5% del PIB.

7. Se avaló la previsión de que para 2016 la inflación esperada se mantenga dentro del rango objetivo previsto por el Banco de México, de 3%.

8. Se aprobó un monto de endeudamiento neto interno, que se autoriza al Ejecutivo federal hasta por 535,000 mdp, así como un monto de endeudamiento neto externo de 6,000 millones de dólares, el cual incluye el monto de endeudamiento que se ejercería para la contratación de financiamientos con organismos financieros internacionales.

9. Se deja sin cambios los términos y condiciones en la contratación de deuda pública para el Distrito Federal y que el monto de endeudamiento neto de dicha entidad sea por 4,500 mdp, para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016.

10. Se autoriza un monto de endeudamiento neto interno de hasta 110,500 mdp y un endeudamiento neto externo de hasta 8,500 millones de dólares a Pemex y sus empresas productivas subsidiarias.

11. Aprueban un monto de endeudamiento neto interno de hasta 12,500 mdp y un endeudamiento neto externo de cero dólares a la Comisión Federal de Electricidad y sus subsidiarias.

12. A partir de 2016 se eliminan los pagos mensuales relacionados con el derecho por la utilidad compartida y con el Impuesto Sobre la Renta por las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos a cargo de Pemex, establecidos en el artículo 7 de la Ley de Ingresos de la Federación 2015.

Miscelánea fiscal

13. Se eliminó la reducción de 50% al impuesto para bebidas azucaradas, como refrescos, que tengan hasta 5 gramos de azúcares añadidos por cada 100 mililitros.

14. Se estableció que el valor máximo y mínimo de gasolina y de diésel estén sujetos a los condicionamientos inflacionarios, por lo que su precio esté fluctuando entre ese rango. La medida busca dar más certeza a los consumidores sobre las condiciones que regirán en 2016.

15. Se incrementó el monto para operaciones que no requieran expedir comprobantes fiscales a 250 pesos desde los 100 pesos propuestos en un inicio. La medida aplica siempre que el adquirente no solicite el comprobante y se expidan facturas globales por las operaciones con el público en general.

16. La Auditoría Superior de la Federación (ASF) será la que revise directamente los proyectos de infraestructura de estados y municipios no incluidos en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

17. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá implementar programas de revisión continua para evaluar el funcionamiento de los servicios electrónicos y los distintos a Internet, según una disposición transitoria a la Ley del ISR. La norma facilita que los contribuyentes cumplan con las obligaciones impositivas del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

18. Aumenta de 2,000 pesos a 5,000 pesos el monto que sirve de base para que los pagos por erogaciones, por compras e inversiones, se realicen mediante transferencia electrónica de fondos.


19. La deducibilidad por salud beneficie a quien acredite discapacidad aunque no pertenezca al seguro social. Se eleva de 10% a 15% el límite de los ingresos susceptibles de ser deducidos.

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